Documentos para vender una casa en 2025.

Evita sorpresas y prepara todos los documentos clave antes de vender tu casa

Te ayudamos a asegurarte de que tienes todo en regla.

Así, vender tu casa, será un proceso rápido, transparente y sin contratiempos.

Alberto perdía la venta por uno de esos documentos que necesitaba para vender una casa.

Alberto llegó a la oficina con los ojos vidriosos y un sobre arrugado en la mano.

Venía de la notaría.

La venta de su casa estaba programada para esa misma mañana.

Tenía todo: comprador, precio cerrado, firma agendada.

Todo, excepto un documento.

Uno solo.

El que nadie le había dicho que necesitaba.

No te adelanto más.

Al final te contaré exactamente qué le pasó.

Pero antes, vamos a lo importante.

Para que no te pase lo mismo que a Alberto, lee este artículo donde te explico todos los documentos que necesitas para vender una casa en 2025.

Desde los más evidentes hasta esos que casi nadie menciona, pero que pueden arruinarte la venta en el último momento.

Índice

¿Qué documentos necesito para vender una casa sin sustos como el de Alberto?

Sé que el papeleo no te gusta. A nadie le gusta.

Pero si no quieres que te falte ese documento crucial para vender tu casa y veas cómo la venta se cae en el último segundo… mejor prepárate bien.

Reúne, revisa y ordena todos los documentos para vender tu casa con cabeza.

Porque si el día de la firma te falta uno, no solo te toca poner cara de póker delante del notario.

Puede que tu comprador se eche para atrás… o, peor, que te exija las arras dobladas.

Un papel olvidado puede salirte muy caro.

Así que vamos a repasarlos.

Uno a uno.

Para que llegues al día de la escritura con todo listo y vendas tu casa sin dramas.

Documentos que necesitas para vender tu casa en 2025.

Escucha. Hay tres documentos sin los que no vas a ninguna parte:

  • La escritura de propiedad

  • La nota simple del Registro de la Propiedad

  • Los recibos del I.B.I. (al día y pagados, no en el cajón)

Sin estos, ni venta, ni comprador, ni notaría. Ni siquiera hay conversación posible.

Son el punto de partida, lo básico. El mínimo viable si quieres empezar a hablar en serio de vender tu casa.

Y si aún tienes hipoteca pendiente, la lista se alarga.

Pero no corras.

Déjame que te lo cuente paso a paso.

La escritura de propiedad: el documento clave para vender tu casa.

La escritura de propiedad es el documento más importante para llevar a cabo la venta de tu casa. Este documento certifica que eres el titular de la vivienda que deseas vender.

En ella, además de tu nombre, porque eres el propietario, se incluyen más datos personales como tu D.N.I., domicilio a efectos de notificaciones, profesión, y estado civil. También se explica por qué eres el titular de la vivienda. Puede ser que la hayas comprado, que la hayas heredado, o que te corresponda tras un divorcio (también conocido como disolución de sociedad de gananciales en términos legales).

Es decir, quién eres y por qué te pertenece esa casa.

Además de tus datos personales, la escritura incluye detalles importantes sobre la vivienda. Aunque en muchos casos se le denomine «finca», incluso un piso puede ser considerado como tal en la escritura, ya que se refiere al edificio al que pertenece.

Entre los detalles de la propiedad que puedes encontrar en la escritura están:

  • Referencia catastral

  • Número de finca registral

  • Tomo, libro y folio

  • Dirección postal

  • Distribución de la vivienda (número de habitaciones, etc.)

  • Orientación y linderos

  • Dimensiones y planta ocupada

  • Servidumbres y cargas (si las hay)

Revisa todos los datos de la escritura al detalle, no dejes pasar ni una sola palabra. Lee con atención, aunque pienses que ya sabes lo que pone. Cualquier error aquí puede retrasar la venta.

Finalmente, también encontrarás en la escritura los detalles de la operación de compraventa o herencia, con especificaciones sobre estipulaciones, condiciones, manifiestos, y las cantidades de dinero entregadas (por ejemplo, cheques o transferencias).

Si todo está correcto, respira tranquilo. Pero si tienes dudas, consulta con el notario o el oficial de la notaría antes de proceder.

La nota simple del Registro de la Propiedad: El resumen esencial de tu vivienda.

Su propio nombre lo indica. Es simple. Más simple que el mecanismo de un chupete.

La nota simple es un resumen básico de lo que aparece en el Registro de la Propiedad, pero sin entrar en detalles de la operación de compraventa.

Lo que te muestra es lo siguiente:

  • Número de finca

  • Tomo, libro y folio

  • Descripción de la vivienda

  • Referencia catastral (a veces)

  • Servidumbres y cargas (si las hubiera)

Además, aparece el titular de la vivienda, junto con su D.N.I. y nombre completo, además del título que le otorga ser propietario.

Es un folio a doble cara que describe la situación jurídica de la propiedad, de manera sencilla pero esencial.

¿Por qué necesitas la nota simple?

Es un documento fundamental porque te da una visión clara y legal de cómo está registrada la vivienda. Además, si estás vendiendo, te ayuda a evitar problemas en la notaría.

¿Cómo obtenerla?

Es muy fácil conseguir la nota simple si tienes los datos registrales de la finca o los del titular. Existen dos formas de solicitarla:

  1. Presencialmente, yendo al Registro de la Propiedad correspondiente.

  2. Online, a través de la página web de los registradores.

¿Qué precio tiene?

  • Presencialmente, puede ser tres veces más barata que si la pides online. Cada Registro tiene tarifas diferentes.

  • Online, suele costar unos 9,56 € más IVA.

¿Cómo hacer la solicitud online?

Cuando la pides online, debes seleccionar la opción que más te convenga:

  • Búsqueda por datos registrales

  • Por identificador único de la finca (IDUFIR)

  • Por titular

  • O por otros datos

La opción más habitual es la de investigación jurídico-económica, para verificar la solvencia y responsabilidad de la propiedad.

Plazo de entrega

Recibirás la nota simple en 24 horas. Sin embargo, si la solicitas a primera hora de la mañana, lo normal es que la recibas por la tarde, dependiendo de la carga de trabajo de los registradores.

¿Tienes dudas?

No te preocupes, puedes llamar al Registro de la Propiedad en horario de 9:00 a 17:00, de lunes a viernes.

Recibos del I.B.I.: Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.) es un impuesto que te impone el ayuntamiento donde se encuentra la propiedad. Se paga anualmente, y en algunos casos, puedes fraccionar el pago.

¿Por qué no debes dejar ningún recibo pendiente?

Alguien pensó que sería mejor que la cuenta del ayuntamiento sacara rentabilidad todos los meses en lugar de solo uno. Así que no dejes ningún recibo pendiente.

Si debes algo, liquida tu deuda antes de la firma. Debes acreditar que no dejas nada por pagar. Si no, el comprador podría negarse a cerrar la operación.

I.B.I. en Madrid vs fuera de Madrid: ¿Qué cambia?

Si vendes una casa en Madrid y la notaría donde firmarás está también en Madrid, te recomiendo hablar antes con el oficial de la notaría. La consulta telemática que se hace allí verificará que no debes nada al ayuntamiento.

Aún así, lleva contigo al menos el último recibo, porque doy por hecho que está pagado.

Si vendes una casa fuera de Madrid, lleva los últimos 5 años de recibos del I.B.I., todos pagados.

No todos los notarios fuera de Madrid pueden verificarlo telemáticamente, y si la casa está en otro municipio y el notario está en Madrid, tampoco podrá hacer esa verificación.

La relación entre el I.B.I. y la plusvalía municipal

El I.B.I. no solo te sirve para demostrar tu solvencia ante el consistorio, sino que también es clave para calcular la plusvalía municipal, o también llamado el Impuesto sobre el Incremento del Valor del Suelo de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Si quieres saber más sobre cómo se calcula la plusvalía y cómo evitar sorpresas, te recomiendo leer nuestro artículo sobre la plusvalía municipal.

 

Certificaciones que no puedes olvidar.

Existen certificados imprescindibles para la venta de una casa. El no tenerlos puede marcar la diferencia entre cerrar un trato de forma transparente o ver cómo la venta se cae por la ausencia de alguno de estos documentos.

Estos certificados son esenciales, tanto para cumplir con la normativa legal como para garantizar la confianza del comprador. Si alguno falta, el proceso de venta puede detenerse.

 

Certificado de Eficiencia Energética (CEE).

Este certificado determina qué tan eficiente es tu casa en cuanto a la energía que consume. Estamos acostumbrados a ver estas etiquetas energéticas en los electrodomésticos, neumáticos, bombillas, etc. Como sabes, estos objetos no podrían venderse sin dicha etiqueta energética. Lo mismo ocurre con las casas, y hay bastante confusión al respecto.

Obligatorio desde 2013

Muchos propietarios piensan que el Certificado de Eficiencia Energética solo es obligatorio el día de la escritura. Sin embargo, desde 2013, la legislación establece que es obligatorio para la promoción de la vivienda. Esto significa que si no tienes el certificado desde que decides poner en venta tu casa, podrías enfrentarte a sanciones de la administración.

No dejes el certificado de eficiencia energética para el final

Lo normal no es tener el certificado en trámite eternamente, ya que esto podría retrasar la venta o generar contratiempos innecesarios.

Para nosotros, es tan importante que, desde el primer día que gestionamos la venta de una casa, enviamos a un arquitecto para que, además del plano con las medidas, realice el certificado energético.

Este proceso de registro es bastante rápido, y en tres días ya tendrás el certificado listo para presentar a los compradores.

Coste del certificado energético

Dependiendo del tamaño de la casa y el arquitecto, el coste de este certificado puede oscilar entre 60 € y 250 €.

Y si decides vender con nosotros, el certificado de eficiencia energética está incluido dentro de nuestros honorarios, para que no tengas que preocuparte por nada.

 

Certificado de la comunidad de propietarios: la constancia de que estás al día

El certificado de la comunidad de propietarios es uno de los documentos imprescindibles que necesitas el día de la escritura.

Este certificado debe estar sellado por el administrador de la finca, o si no lo hubiera, firmado por el presidente y el secretario de la comunidad de vecinos.

Este documento certifica que, hasta la fecha de la escritura de compraventa, no tienes ninguna deuda pendiente con la comunidad de propietarios.

Obligatorio según la Ley de Propiedad Horizontal

Este certificado es obligatorio para la venta de una casa, tal como establece la Ley de Propiedad Horizontal.

No tenerlo podría frenar la operación de venta, así que asegúrate de solicitarlo a tiempo, cuando sepas la fecha de la escritura de compraventa.

Formato digital o en papel: ¿Qué te va a pedir el notario?

Desde la pandemia, se permite que este certificado sea presentado en formato digital, pero muchos notarios aún te pedirán que lo lleves en papel.

Y si es el original aún mejor.

Aunque, en realidad, puedes imprimir el mismo documento que te envíe el administrador de la finca en formato email.

Sin embargo, es preferible llevarlo en su versión física.

Coste y trámites con el administrador de la finca

Revisa bien el contrato de prestación de servicios que tienes con el administrador, porque muchos de ellos te querrán cobrar por emitir este certificado, y en ocasiones no especifican la tarifa dentro del contrato.

Este trámite puede costar entre 30 € y 100 €, dependiendo de cada administrador.

Importante: la fecha y las derramas

Cuando te entreguen el certificado, asegúrate de que lo emitan con la fecha correcta.

Algunos administradores te lo sellarán con la fecha en la que emiten el documento, y no con la fecha de la escritura de compraventa.

Revisa también que el certificado especifique que no tienes deudas ni en cuotas ordinarias ni en cuotas extraordinarias.

Las derramas son un tipo de cuota extraordinaria, así que asegúrate de que no haya ninguna pendiente.

 

Certificado de deuda pendiente o certificado de deuda cero: el control de tu hipoteca

Cuando compraste la casa que ahora vendes con hipoteca, pueden darse dos situaciones:

  1. La hipoteca ya está pagada en su totalidad.

  2. Aún queda hipoteca pendiente.

Certificado de deuda cero: confirmando la cancelación de tu hipoteca

Si ya has pagado la hipoteca, necesitas obtener el certificado de deuda cero.

Este documento acredita que la hipoteca ha sido completamente cancelada.

Si no tienes el certificado de deuda cero registrado, no podrás vender la propiedad sin antes cancelarla registralmente.

Recuerda que no basta con haber pagado la hipoteca; tienes que ir al banco y hacer la cancelación registral para que el comprador se quede tranquilo.

Certificado de deuda pendiente: ¿qué hacer si todavía tienes hipoteca?

Si aún te queda hipoteca pendiente y vas a pagarla en su totalidad con parte del dinero que te dé el comprador, necesitas pedirle al banco con el que tienes la hipoteca un certificado de deuda pendiente.

Este certificado debe reflejar el total que debes hasta la fecha de la escritura de compraventa.

Hay bancos que te lo calculan directamente hasta la fecha de la escritura, mientras que otros te emiten un certificado con el interés diario, para que puedas calcular la deuda total pendiente hasta ese momento.

De cualquiera de las dos formas, este documento te servirá para que el comprador o el banco de tu comprador pueda hacer un cheque o una transferencia por esa cantidad y así cancelar la hipoteca de manera económica.

 

¿Qué pasa si no tienes la cancelación registral de tu hipoteca antes de la escritura?

Si no has cancelado registralmente la hipoteca antes de la escritura de la compraventa, no todo está perdido. Sin embargo, el comprador podría pedir una provisión de fondos para asegurarse de que la cancelación se realiza, si no lo haces tú.

Por ejemplo, el comprador podría pedirte 1.000 € como garantía para cubrir los gastos de la cancelación registral. Esta provisión se retendría hasta que confirmes que el trámite ha sido realizado correctamente.

Cuando canceles la hipoteca registralmente, el comprador debería devolverte la provisión de fondos que te había retenido.

Si tú no te encargas del trámite, el comprador podría hacerlo con esos 1.000 € y, una vez completado, devolverte la cantidad sobrante después de haber hecho el pago necesario.

Sin embargo, lo más común es que seas tú quien se encargue de todo el proceso de cancelación registral, para evitar complicaciones adicionales.

¿Qué pasa si el comprador compra con hipoteca?

Si el comprador te copra tu casa a través de una hipoteca, será el banco del comprador quien se encargue de hacer la provisión de fondos para la cancelación de la hipoteca.

En este caso, su gestoría se encargará de todo el trámite, y tú solo tendrás que preocuparte por entregarle la documentación correspondiente.

Este proceso puede ser más costoso para ti, pero el banco del comprador se encargará de la gestión y te enviará el sobrante de la provisión a la cuenta que indiques.

 

Certificado de la Inspección Técnica de Edificios (ITE): ¿es necesario para vender tu casa?

El Certificado de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) no es obligatorio para vender tu casa, pero es muy recomendable.

Aunque el Real Decreto 8/2011 establece que la ITE tiene carácter obligatorio para los edificios de municipios con más de 25.000 habitantes, cada ayuntamiento tiene su propia ordenanza y la aplica según lo considere.

¿Es necesario si la casa está en Madrid?

Si la casa que vendes está en Madrid, el edificio al que pertenece debe pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE).

La primera inspección debe realizarse a los 40 años desde la construcción del edificio, y las siguientes, cada 10 años.

Si tienes una propiedad en Madrid o estás pensando en comprar allí, es fundamental que verifiques en qué estado está la ITE.

¿Cómo obtener el certificado de la ITE?

Si no te basta con la nota informativa (que puedes descargar directamente desde la web del ayuntamiento de Madrid), puedes solicitar el certificado oficial, previo pago de la tasa correspondiente.

Por qué revisar la ITE aumenta la confianza del comprador

Nosotros siempre comprobamos el estado de la ITE cuando iniciamos la venta de una casa.

Hablarle al comprador de su estado y asegurarnos de que todo está en orden fortalece la confianza y facilita la compra.

 

Licencia de primera ocupación (sustituye a la Cédula de habitabilidad).

En 2018, la Comunidad de Madrid suprimió la cédula de habitabilidad debido a que los procesos de concesión le parecían ineficientes.
 

En su lugar, se establecieron otros documentos que acreditan que una vivienda es habitable, como la Inspección Técnica de Edificios (ITE) para viviendas de más de 30 años o la licencia de primera ocupación.

¿La cédula de habitabilidad todavía existe?

Aunque la cédula de habitabilidad fue suprimida en 2018, en algunos casos aún existe la cédula.

Esto puede suceder principalmente en viviendas antiguas que no se han sometido a los nuevos procedimientos legales.

Para las viviendas nuevas, ya no se otorga la cédula de habitabilidad, sino la licencia de primera ocupación y funcionamiento.

Esta licencia certifica que la vivienda es apta para ser habitada y cumple con todas las normativas de habitabilidad.

Casos en los que la licencia de primera ocupación es imprescindible

Si estás haciendo reformas importantes en una casa que modifiquen elementos estructurales, puede que necesites solicitar la licencia de primera ocupación a posteriori.

Esto es especialmente cierto si la reforma afecta a la funcionalidad o seguridad de la vivienda, como la redistribución de espacios o la modificación de las instalaciones.

En estos casos, lo más probable es que la empresa que contrates para las reformas se encargue de todo el papeleo relacionado con la solicitud y obtención de la licencia de primera ocupación.

 

Viviendas de V.P.O. (Vivienda de Protección Oficial)

Si estás pensando en vender una vivienda de V.P.O., es esencial que verifiques si puedes venderla y bajo qué condiciones.

Debes tener en cuenta el tipo de protección que tiene, los años que dura la calificación y si tienes que devolver ayudas o subvenciones que recibiste cuando compraste la vivienda.

¿Dónde consultar el expediente de tu V.P.O.?

Si tienes alguna duda sobre el estado de tu V.P.O., puedes consultar tu expediente en dos ubicaciones en Madrid:

  • Calle Maudes 17

  • Avenida de Asturias 28

Puedes ir presencialmente, llamar al 012 (o al 91 580 42 60 si llamas desde fuera de Madrid), o enviar un correo a oficinavivienda@madrid.org.

El horario de atención es lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas (y en agosto de 9:00 a 14:00 horas).

¿Se puede vender la V.P.O. a precio de mercado?

En algunos casos, después del tiempo de protección, la vivienda queda liberada y puedes venderla a precio de mercado.

Te recomiendo que solicites siempre el certificado de descalificación para presentarlo en la escritura de compraventa y evitar problemas de última hora.

Cédula de calificación definitiva: Imprescindible para la descalificación

La Cédula de Calificación Definitiva es emitida por la Comunidad de Madrid y la necesitas si estás iniciando los trámites para descalificar tu vivienda de V.P.O.

Este documento establece el tipo de protección pública de la vivienda, así como su régimen legal.

Antes de iniciar las obras en la vivienda, se emite una calificación provisional, que es un paso previo para obtener la calificación definitiva.

Certificado de descalificación de V.P.O.

Para obtener el certificado de descalificación de V.P.O., puedes solicitarlo:

  • Presencialmente, en las oficinas correspondientes.

  • Por email o correo ordinario.

Recuerda que deberás pagar la tasa y proporcionar el número de expediente de la construcción y la fecha de calificación definitiva.

Este trámite suele tardar aproximadamente dos meses, por lo que te aconsejo que lo solicites con antelación si planeas vender tu casa pronto.

Autorización de venta de la Comunidad de Madrid

Si deseas vender tu vivienda de V.P.O., necesitas pedir la autorización de venta de la Comunidad de Madrid.

Recuerda que el precio de venta no debe ser superior al máximo contemplado en las tablas de la Comunidad de Madrid para viviendas de protección oficial.

Si tu vivienda ya está descalificada y puedes venderla libre, aún te recomiendo solicitar la autorización de venta, ya que esto puede facilitar el proceso y evitar problemas durante la escritura.

Estatutos de la comunidad de propietarios: regulando la convivencia.

Los estatutos de la comunidad de propietarios no son obligatorios para entregar al comprador, pero pueden reforzar la confianza del comprador en ti.

¿Qué son los estatutos de la comunidad de propietarios?

Son un conjunto de normas que regulan la convivencia dentro de una comunidad de propietarios. En ellos, se definen los derechos y obligaciones de cada propietario y se establece cómo se deben utilizar y disfrutar los elementos comunes y los elementos privativos de la urbanización.

¿Cuándo se crean y dónde se inscriben?

Los estatutos se crean al constituirse la comunidad de propietarios y deben inscribirse en el Registro de la Propiedad para tener validez legal.

Normalmente, estos estatutos son redactados por iniciativa de los promotores o por acuerdo entre los propios propietarios.

¿Por qué son importantes los estatutos de la comunidad?

Aunque no es obligatorio entregar los estatutos en el proceso de venta, es muy recomendable hacerlo. Son documentos clave para evitar conflictos futuros, ya que todos los propietarios deben aceptarlos y respetarlos.

Los estatutos nunca pueden ir en contra de la Ley, ni deben perjudicar a los propietarios. El no cumplimiento de los estatutos puede conllevar sanciones dentro de la comunidad.

¿Qué pasa si no entregas los estatutos al comprador?

El comprador te agradecerá que se los entregues, ya que tendrá claro qué reglas rigen la convivencia en el edificio o urbanización. No obstante, cuando el comprador se convierta en propietario, puede pedir una copia de los estatutos al administrador de la finca.

¿Qué documentos para vender una casa tienes que llevar a la notaría?

El día de la escritura de compraventa, deberás llevar todos los documentos necesarios para que no haya ningún contratiempo.

Aquí te dejo una lista con lo imprescindible para evitar que tu operación se retrase o se caiga por un simple olvido.

D.N.I. o tarjeta de residencia en vigor.

Este documento es imprescindible.

Sin caducar.

No vale el pasaporte (aunque algunos notarios permiten firmar con el NIF si acreditas tu identidad con el pasaporte).

Tampoco es válido el permiso de conducir.

Te sorprendería la cantidad de veces que un propietario llega con el D.N.I. caducado o incluso sin D.N.I..

Más de una vez me ha tocado ir con el propietario a pedir el favor en una comisaría para que le hagan un nuevo D.N.I., dejando esperando tanto a notario como a comprador.

Y la espera nunca es agradable para nadie.

La escritura de propiedad original

Este es el documento más importante para probar que eres el propietario de la vivienda que vas a vender.

Puede que hayas comprado, heredado, o que te la hayan donado.

Sea como sea, la copia simple no vale.

Muchos propietarios recogen la copia simple para pagar la plusvalía municipal y luego se olvidan de reclamar la escritura original, si no se la ha entregado la notaría.

Si no la encuentras, tienes dos opciones:

  1. Pedir una copia autorizada al mismo notario.

  2. O pedirla al Archivo General de Protocolos si ha sido transferida.


El contrato de arras

El contrato de arras es el acuerdo entre comprador y vendedor para formalizar la venta.

No es obligatorio llevarlo a la notaría, pero es imprescindible si ya está firmado por ambas partes.

En algunos casos, si el comprador compra al contado y la casa está vacía, se puede firmar directamente la escritura de compraventa en notaría si pasar por el contrato de arras.

Fotocopia de las transferencias o cheques

Se te pedirá que muestren los justificantes de las cantidades entregadas por el comprador antes de la firma, como la señalización o las arras.

También se solicitará al comprador el número completo de la cuenta bancaria desde donde se emitieron las transferencias o cheques, así como el número de cuenta donde recibiste los fondos.

Certificado de eficiencia energética.

Este certificado es obligatorio desde 2013 en España y, junto con la etiqueta energética, demuestra la calificación energética de la vivienda.

Es obligatorio para la promoción de la vivienda, es decir, desde que decides ponerla a la venta, no solo cuando se firma la escritura de compraventa.

Certificado de estar al corriente del pago de la comunidad

Este certificado demuestra que no tienes deudas con la comunidad de propietarios, tanto ordinarias como extraordinarias.

Es imprescindible para mostrar que estás al día con tus obligaciones y evitar que el comprador se lleve una sorpresa. Si tienes deudas pendientes, el comprador podría exigir la liquidación antes de firmar la escritura o incluso anular la operación.

Certificado de deuda pendiente o de deuda cero

Si vendes tu casa con hipoteca pendiente o si la hipoteca no está cancelada registralmente, necesitarás uno de estos dos certificados dependiendo del caso:

  • Certificado de deuda pendiente: si aún te queda hipoteca por pagar, este certificado debe reflejar el saldo pendiente hasta la fecha de la escritura de compraventa.

  • Certificado de deuda cero: si has pagado la hipoteca en su totalidad pero no la has cancelado registralmente, necesitarás este certificado que demuestre que no tienes deuda pendiente.

Recibo del I.B.I.

El Recibo del I.B.I. (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) correspondiente al año en curso o al año anterior, si aún no te lo han cobrado, es otro de los documentos imprescindibles.

Asegúrate de que el recibo esté pagado y al día para evitar problemas el día de la escritura de compraventa. Este documento es esencial para demostrar que no tienes deudas con el ayuntamiento y completar la venta sin inconvenientes.

Facturas de los suministros

Es fundamental no dar de baja los suministros antes de la venta, ya que esto puede suponer un coste adicional para el comprador de más de 600 euros en algunos casos.

El comprador será el encargado de cambiar la titularidad de los servicios, como electricidad, gas y agua, simplemente con una llamada.

Sin embargo, para hacer el trámite correctamente, necesitará el nombre del contrato y los datos de la factura del anterior titular.

Asegúrate de tener estos datos listos para evitar retrasos o problemas en la transferencia de los suministros.

Lo más sencillo es que le lleves unas fotocopias de las últimas facturas, o se las envíes por email.

Si la vivienda es de V.P.O. (Vivienda de Protección Oficial)

Si vendes una vivienda de V.P.O., debes asegurarte de que cumples con los requisitos legales. Si la descalificas, podrás venderla libre y por encima del precio máximo establecido en las tablas de la Comunidad de Madrid.

Si la vendes como V.P.O., necesitarás la calificación definitiva y la autorización de venta de la Comunidad de Madrid.

La licencia de primera ocupación

Si procede, asegúrate de tener la licencia de primera ocupación.

Este documento es necesario para certificar que la vivienda cumple con las normas de habitabilidad.

Recuerda tenerlo en orden si aplica a tu venta.

Capitulaciones matrimoniales

Solo si es necesario. Si estás vendiendo la vivienda en el contexto de un divorcio o si tu propiedad está vinculada a un régimen de bienes gananciales, las capitulaciones matrimoniales serán necesarias.

Sentencia de divorcio

Solo si es el caso. Si la venta de la propiedad está relacionada con un divorcio, necesitarás la sentencia de divorcio para acreditar la disolución del régimen económico matrimonial.

Poder notarial

Si alguien actúa en nombre y representación de otra persona, necesitarás un poder notarial que lo autorice.

Antes de la firma, habla con el oficial de la notaría para enviarle la documentación necesaria si eres tú quien presenta el poder notarial.

En el email, pídele que, tras revisarla, que te avise si necesita algún documento adicional.

El día de la firma, no olvides llevar todas las llaves que tengas, incluidas las de los trasteros, mandos del garaje y llaves del buzón.

Organización de los documentos: reduce el estrés y evita contratiempos

Organizar tus documentos con tiempo puede marcar la diferencia entre una venta tranquila o una llena de complicaciones.

No lo dejes para el último momento, reduce el estrés siendo ordenado desde el principio.

Archivo: prepara todos los documentos de forma accesible

Prepara un fichero o una carpeta con todos los documentos, copias y originales que necesitarás para la escritura de la compraventa. Tenlos bien guardados y fácilmente accesibles.

Coloca etiquetas en el lateral para separar los diferentes documentos. Así podrás ir rápidamente al que necesites sin perder tiempo buscando página por página.

Digitaliza: hazlo fácil y rápido

Como tendrás que enviar todos los documentos a la notaría por email antes de la firma, lo mejor es que digitalices todos los documentos cuanto antes.

Crea una carpeta en tu ordenador o en un servidor en la nube (Drive, Dropbox, iCloud… hay muchas opciones disponibles).

Si los archivos pesan mucho, puedes comprimirlos con herramientas como I Love PDF o enviarlos todo junto a través de WeTransfer.

No será por opciones.

Verifica que todo esté actualizado

Asegúrate de que todos los documentos estén actualizados.

Si alguno no lo está, subsánalo antes de la firma para evitar contratiempos.

Preguntas frecuentes

Sí, en España es obligatorio desde 2013.

Debe presentarse para promocionar la vivienda, no solo para venderla.

Además, la caducidad del certificado es de 10 años.

Evita una multa asegurándote de tenerlo actualizado.

Sí, siempre y cuando con la compra cubras la deuda hipotecaria pendiente.

Si el comprador compra con hipoteca, el banco se encargará del proceso y te hará una provisión de fondos para cancelar tu hipoteca.

Te devolverá el sobrante después de realizar el trámite.

Sí, la ITE influye en la venta.

Si la ITE es favorable, el comprador verá que no habrá gastos adicionales por derramas.

Si es desfavorable, el comprador podría intentar rebajar el precio debido a posibles futuras derramas, aunque hay formas de contrarrestarlo.

El I.B.I. del año en curso lo paga el propietario de la vivienda.

Sin embargo, el Tribunal Supremo dictó que el vendedor puede reclamar al comprador la parte proporcional correspondiente a los días que el comprador haya sido propietario.

Es recomendable hacer este ajuste en la escritura o a través de una transferencia después de la compraventa.

Por uno de esos documentos Alberto casi no puede vender su casa.

Ahora que tienes más claro qué documentos necesitas para vender tu casa sin complicaciones, te sigo contando la historia de Alberto.

La madre de Alberto había fallecido dos meses antes

Su padre falleció 10 años antes que ella.

En el proceso de la venta, Alberto recibió la ayuda de su primo, un informático que había trabajado brevemente en una inmobiliaria en 2002. 

Juntos revisaron la documentación por encima, pero no con suficiente detalle.

El día de la venta, en la notaría, la documentación fue revisada justo antes de la firma

Debido a la carga de trabajo, como la cita estaba programada para las 13:00, dejaron la revisión para el final.

La adjudicación de herencia parecía estar correcta. 

Todo parecía en orden.

Sin embargo, justo antes de la firma, cuando el oficial imprimió el borrador, descubrió un error en la nota simple: allí aparecía el nombre de la madre de Alberto. 

Con el 100% del usufructo y el 50% de la nuda propiedad.

La venta casi se cae

Alberto se vio en una situación crítica.

El comprador reclamaba una indemnización y la devolución de las arras dobladas.

Alberto, preocupado, vino pidiendo ayuda.

Tranquilicé al comprador, explicándole que el problema se podía subsanar rápidamente, pero que habría que esperar que el Registro de la Propiedad actualizara la herencia de la madre, la cual nadie había registrado.

Una solución rápida y un final feliz

Con algo de suerte y pidiendo favores, en tres días ya teníamos la nota simple actualizada, y solo aparecía Alberto como único propietario.

La venta se realizó sin problemas.

No hubo indemnización, ni rebaja en el precio, ni devolución de arras dobladas.

Al final, tanto Alberto, como su primo, el informático, como el comprador, nos recomiendan cuando alguien que conocen quiere vender su casa.

El mal rato que pasaron fue solo una anécdota más, que ahora pueden contar con una sonrisa.

Si tú quieres vender sin sorpresas como la de Alberto, ya sabes.

Si te da igual cómo vender, es tu casa, y tú decides lo que haces con ella.

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